Semarnat rechazó la solicitud por posibles daños a terreno forestal
Obra de la CEA en El Tempisque carece de cambio de uso de suelo
El organismo no cumplió con los requisitos de la evaluación ambiental
El monorrelleno que construye la Comisión Estatal de Agua (CEA) en la comunidad de El Tempisque, al fondo de la Barranca del río Santiago, para depositar los lodos que genere la planta de tratamiento Valentín Gómez Farías, también conocida como Agua Prieta, carece de cambio de uso de suelo.
La Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) a través de la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos (DGGFS) desechó la solicitud del organismo mediante oficio SGPA/DGGFS/712/2616/10 de fecha 24 de agosto del 2010, toda vez que el área donde se concentrarán los desperdicios está considerada como terreno forestal y de acuerdo a la ley en la materia es necesaria para su aprobación una serie de requisitos que no cumplió la CEA.
De acuerdo con documentos oficiales que obran en poder de La Jornada Jalisco, fue el propio organismo regulador del agua el que se desistió del procedimiento de evaluación en materia de impacto ambiental, el cual inició el 4 de junio del 2010. La CEA argumentó a la dependencia de la Semarnat que haría modificaciones al proyecto que “conllevan mejoras ambientales”.
En la solicitud que presentó el titular del organismo, César Coll Carabias a la Semarnat, se advierte una petición para el cambio de uso de suelo de una superficie de más de 26 hectáreas forestales. Sin embargo la dependencia de orden federal le respondió al funcionario que era necesario que presentara el estudio técnico justificativo, copia certificada del título de propiedad debidamente inscrita en el registro público que corresponda.
“Tratándose de ejidos o comunidades agrarias deberá presentarse original o copia certificada del acta de asamblea en la que conste el acuerdo del cambio de uso del suelo en el terreno”, señala el documento expedido por la Subsecretaría de Gestión para la Protección Ambiental.
De igual forma le recuerdan al funcionario que los artículos 117 y 118 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable demandan la opinión técnica de los miembros del Consejo Estatal Forestal en todas las peticiones de cambio de uso de suelo. El 117 exige estudios justificativos que demuestran que no habrá afectaciones a la biodiversidad, ni se erosionará el suelo, y que éste será más productivo a largo plazo; el agua tampoco tiene que disminuir su calidad y cantidad.
El 118 expone que los solicitantes deberán acreditar que otorgaron depósito ante el Fondo para concepto de compensación ambiental, para actividades de reforestación o restauración y su mantenimiento.
La Jornada Jalisco publicó en su edición del 22 de agosto del 2011, que la CEA compró 73 hectáreas de la comunidad de El Tempisque e indemnizó a alrededor de 30 familias que vivían en ese lugar para que se fueran.
El proyecto continúa y se menciona que el poblado de Ex Hacienda del Lazo también podría ser desplazado.
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