2.4.08

IMPUNIDAD HIDRICA

Fuente: El Economista, Gabriel Quadri de la Torre
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Esta semana se presentó al Programa Nacional Hídrico, afirmándose nuevamente que el tema del agua es de seguridad nacional. No sabemos qué exactamente esto significa; supondríamos que otorgarle una considerable cantidad de recursos institucionales, formular objetivos claros, y diseñar políticas públicas consecuentes, con instrumentos regulatorios y económicos bien definidos.
El tema del agua se estructura con al menos cuatro componentes. El primero es la disponibilidad per cápita, que ineluctablemente se reduce con el aumento de la población. El segundo es la eficiencia física y económica, que conlleva asignar el agua como recurso escaso a aquellos destinos de mayor rentabilidad social. El tercero es la calidad de los servicios públicos relacionados con el agua; que salvo excepciones (como Monterrey, Aguascalientes, Saltillo, León y Cancún) tiende a ser vergonzosa por falta de regulación federal. El cuarto es el tratamiento y el reuso de las aguas residuales, y la integridad ambiental de los ecosistemas acuáticos.
Centrémonos ahora en el último, que presupone necesariamente un sistema regulación federal. Éste, en teoría, existe a través el aparato jurídico y normativo del agua en los artículos 27 y 115 Constitucionales, y en leyes reglamentarias como la Ley de Aguas Nacionales, la Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, la Ley Federal de Derechos, la Ley de Coordinación Fiscal, y la Norma Oficial Mexicana 001 que regula descargas de aguas residuales en cuerpos federales (cauces, ríos, cuerpos de agua continentales, y costas). Sólo en teoría. En realidad, campea la violación impune de la normatividad por parte de gobiernos municipales, ante el conflicto de intereses y la sempiterna renuencia de la CNA para hacerla cumplir. La CNA condona derechos no pagados por descargas de aguas contaminadas, no procede administrativa, ni civil, ni fiscalmente en contra de los gobiernos municipales infractores.
La explicación política es imaginable, pero las consecuencias ambientales, económicas y en materia de salud pública son injustificables; ejemplos trágicos: la presa Endhó, Veracruz, Acapulco, el río Santiago, el río Lerma (en realidad una cloaca), el río Blanco, y un rosario interminable de atrocidades que quedan impunes. Los gobiernos municipales encubren sus conductas con argumentos cancinos y falaces (carecen de recursos para construir y operar colectores y plantas de tratamiento); la verdad es que no quieren cobrar el valor real del agua a los usuarios, y que desde luego incluye el tratamiento.La demagogia y el clientelismo dominan en su lógica cortoplacista -sólo permanecen tres años en el cargo, sin poder reelegirse.
La CNA, en el Programa Nacional Hídrico, se propone objetivos ambiciosos de tratamiento: hasta el 60% del total de las aguas residuales para el 2012. Esta no es una meta muy relevante, ya que la mera existencia de trenes de tratamiento no garantiza nada. Debieran plantearse objetivos de cumplimiento de la NOM 001, de reuso, y de calidad de agua y recuperación ecológica en cuerpos representativos (costas, ríos, presas, lagos); al final, esto es lo que en realidad importa.
Sin presión regulatoria, y con una CNA atrofiada en sus capacidades de vigilancia, cobro y sanción, por conflictos institucionales de interés, no se avanzará mucho. Es preciso terminar con la impunidad municipal. Para ello, deben construirse sistemas modernos de monitoreo, transferirse las facultades de vigilancia en materia de agua a la Profepa y dotarla de los recursos necesarios, aplicar un esquema creíble de incentivos y de sanciones fiscales, administrativas, civiles y penales a los municipios, y cobrar inflexiblemente los derechos, todo, de acuerdo a la ley

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