La CEA ignora suspensión para nuevo ''Temaca''
Obra de la Presa El Zapotillo, que dejará bajo las aguas a los poblados de Temacapulín, Acasico y Palmarejo en 2014.
- Aún no se notifica a todas las partes
La Comisión Estatal del Agua mantiene la construcción del centro de población a donde serían trasladados los afectados
Al revisar el expediente, la magistrada del TAE, Patricia Campos detectó que aún no se notificaba a todas las partes, “tal vez ha durado mucho esta etapa por el engrose. De esa sentencia ya ni me acordaba porque se emitió hace mucho tiempo”.
Después de que todas las partes sean notificadas, los demandados (Ayuntamiento de Cañadas de Obregón, Secretaría de Desarrollo Urbano y la CEA) y los terceros afectados pueden interponer un amparo en un término de 15 días. Mientras eso sucede, la CEA construye el nuevo centro de población.
Patricia Campos es una de las tres magistradas que votó por dejar sin efecto el plan de desarrollo urbano en Talicoyunque, “porque encontramos muchas irregularidades. Había incluso firmas de funcionarios que, según el Código Urbano, no están facultados para participar en este proceso. La conclusión es que hubo errores desde la convocatoria a la consulta, y todos los pasos deben cumplirse de acuerdo a la normatividad, por eso es que el plan queda sin efecto y tendrán que reponer el procedimiento”.
Si se interponen amparos a la resolución del pleno del TAE, la magistrada calcula que el proceso se resolverá en definitiva en alrededor de un año. “Si no lo hacen, pues tendrían que estar convocando de nuevo a la consulta del plan de desarrollo”.
El pleno del TAE emitió la sentencia del 842/2010 en el sentido de nulificar el plan de Desarrollo Urbano del Centro de población de Temacapulín, ya que “fue emitido sin que se cumplieran las formalidades del procedimiento en la etapa de consulta (convocada por el Ayuntamiento de Cañadas de Obregón el 16 de octubre de 2009)”.
La nulidad se otorgó porque la consulta se realizó en “contravención a lo previsto por el artículo 98 del Código Urbano del Estado de Jalisco”.
TELÓN DE FONDO
Resolución a favor de pobladores
El Pleno del Tribunal de lo Administrativo del Estado (TAE) de Jalisco ordenó la nulidad del plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Temacapulín que serviría para trasladar a pobladores afectados por la construcción de la Presa El Zapotillo, debido a que fue emitido sin que se cumplieran las formalidades del procedimiento en la etapa de consulta.
Pobladores y diversas organizaciones sociales están en contra de la presa ya que inundaría a los pueblos de Temacapulín, Acasico y Palmarejo, lo que obligaría la reubicación de los lugareños.
El pleno del TAE otorgó la nulidad porque encontró que la consulta contravino el artículo 98 del Código Urbano del Estado de Jalisco.
Por años los pobladores y el Comité Salvemos Temacapulín, Acasico y Palmarejo, que es parte también del Movimiento de Afectados por Presas y en Defensa de los Ríos (Mapder) han promovido todo acciones para frenar la construcción y hacer consciente al Gobierno y a la opinión pública de los daños que traen las presas en los diversos ámbitos de la vida de los pueblos y comunidades.
Sobre la sentencia, el Comité Salvemos Temaca interpreta: el pleno dice que el Estado no puede llevar a cabo cualquier plan al margen de la consulta social, sólo bajo la óptica de un estado de necesidad, “lo cual, se insiste, atenta contra el régimen democrático y el Estado de derecho”.
La proyección que hace la Comisión Nacional del Agua (Conagua), con base en un “cronograma de actividades”, estipula que sea hasta 2014 cuando el nivel del embalse logre alcanzar a Temacapulín, Acasico y Palmarejo.
El fallo dado a conocer el viernes a los pobladores deja sin efecto el plan de desarrollo para la reubicación de pobladores así como su inscripción.
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