Tribunal electoral confirma triunfo en El Salto del PRI
- Confirmó también la validez de los resultados en Cihuatlán, Ameca, Ejutla, entre otros
Se
retifica el triunfo a pesar de las protestas de habitantes del
municipio quienes señalan irregularidades en el triunfo de Joel González
GUADALAJARA, JALISCO (23/AGO/2012).-
El Tribunal Electoral del Poder Judicial del Estado declaró nulas dos
casillas del pasado proceso electoral en El Salto, "sin que se cambie el
partido ganador", con lo que confirmó el triunfo del PRI. Al mismo
tiempo, ordenó dar cuenta a la Procuraduría General de Justicia del
Estado de Jalisco por la presunta comisión de un delito electoral luego
de que en otra casilla del municipio se cometió "una irregularidad
grave".
Al dar a conocer los doce asuntos que resolvió, el tribunal informó a través de un comunicado que en El Salto encontró fundados los motivos de agravio únicamente en las casillas 2040 CI y 2049 C9, las cuales funcionaron durante todo el desarrollo de la jornada electoral "sin la presencia de los escrutadores".
Indicó que al estudiar las casillas impugnadas en El Salto "bajo la causa de nulidad relativa a que se ejerza violencia física, exista cohecho, soborno o presión de alguna autoridad o particular sobre los funcionarios de la mesa directiva de casilla o de los electores, de tal manera, que afecte la libertad o el secreto del voto y estos actos tengan relevancia en los resultados de la votación de la casilla", los agravios "se declararon infundados en razón de que no se presentan todos lo elementos para que opere dicha causal".
En la casilla 2035 C6 de El Salto la irregularidad grave consistió "en el desapoderamiento del paquete electoral", luego de que el traslado del paquete al Consejo Municipal duró alrededor de cinco horas, "pero ya que las actas electorales no fueron alteradas y que los resultados de votación computados corresponden a la realidad por no haberse manipulado o alterado el sentido en que los electores emitieron sus sufragios, se salvaguarda la votación receptada en dicha casilla", añadió el tribunal.
No obstante, la irregularidad registrada en la casilla 2035 C6 puede encuadrar en la comisión de un delito electoral, ante lo cual "se ordenó dar vista a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco para que proceda a llevar a cabo las indagatorias correspondientes", prosiguió.
En el resto de asuntos, el tribunal confirmó la validez de los resultados en Cihuatlán, Ameca, Santa María del Oro, Ejutla, Ojuelos, San Martín de Bolaños, Lagos de Moreno y Jalostotitlán, y la asignación de regidores de representación proporcional en Zapopan
Al dar a conocer los doce asuntos que resolvió, el tribunal informó a través de un comunicado que en El Salto encontró fundados los motivos de agravio únicamente en las casillas 2040 CI y 2049 C9, las cuales funcionaron durante todo el desarrollo de la jornada electoral "sin la presencia de los escrutadores".
Indicó que al estudiar las casillas impugnadas en El Salto "bajo la causa de nulidad relativa a que se ejerza violencia física, exista cohecho, soborno o presión de alguna autoridad o particular sobre los funcionarios de la mesa directiva de casilla o de los electores, de tal manera, que afecte la libertad o el secreto del voto y estos actos tengan relevancia en los resultados de la votación de la casilla", los agravios "se declararon infundados en razón de que no se presentan todos lo elementos para que opere dicha causal".
En la casilla 2035 C6 de El Salto la irregularidad grave consistió "en el desapoderamiento del paquete electoral", luego de que el traslado del paquete al Consejo Municipal duró alrededor de cinco horas, "pero ya que las actas electorales no fueron alteradas y que los resultados de votación computados corresponden a la realidad por no haberse manipulado o alterado el sentido en que los electores emitieron sus sufragios, se salvaguarda la votación receptada en dicha casilla", añadió el tribunal.
No obstante, la irregularidad registrada en la casilla 2035 C6 puede encuadrar en la comisión de un delito electoral, ante lo cual "se ordenó dar vista a la Procuraduría General de Justicia del Estado de Jalisco para que proceda a llevar a cabo las indagatorias correspondientes", prosiguió.
En el resto de asuntos, el tribunal confirmó la validez de los resultados en Cihuatlán, Ameca, Santa María del Oro, Ejutla, Ojuelos, San Martín de Bolaños, Lagos de Moreno y Jalostotitlán, y la asignación de regidores de representación proporcional en Zapopan
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