20.2.15

MACROLIBRAMIENTO...

SCT no protege 19 especies en riesgo por Macrolibramiento

No existe en México una norma para construir esos pasos; se hacen puentes en ríos y arroyos, y alcantarillas para el agua.

La propia Semadet entregó un protocolo de actuación ambiental a la SCT, pero ésta hizo caso omiso.
La propia Semadet entregó un protocolo de actuación ambiental a la SCT, pero ésta hizo caso omiso. (Carlos Zepeda)
Guadalajara
La manifestación de impacto ambiental (MIA) que autorizó en 2004 la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) para construir el Macrolibramiento de Guadalajara –cuya vigencia actualmente se encuentra suspendida– compromete la construcción de “más de 50 pasos de fauna” para los cuales no existe una norma oficial de construcción, en casi 11 kilómetros de longitud, pero son mucho menos de lo que se prometió a ecologistas y el gobierno de Tlajomulco.
De hecho, el acuerdo que llevó a la entrega de permiso de construcción por ese ayuntamiento, tan solo en un tramo de poco menos de un tercio de la longitud total, prevé 58 pasos de fauna.
El tramo siguiente, hacia el poniente, que abarca Tala y El Arenal, requiere de 23 pasos de fauna menores y seis “ecoductos” de grandes dimensiones. Así, la suma ya da 77 pasos de fauna, sin considerar los correspondientes a Ixtlahuacán de los Membrillos y Zapotlanejo, donde también hay problemas ambientales serios al grado que se exige cambio de trazo ante los daños que puede causar el muro de la carretera para los humedales protegidos de Los Sabinos, donde sobreviven ahuehuetes de más de medio milenio.
La resistencia de la secretaría a ampliar las obligaciones del concesionario le ha traído dolores de cabeza: diversos amparos y denuncias ambientales, además de críticas desde el ámbito estatal: la propia Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial (Semadet) le entregó un protocolo de actuación para “limpiar” en el tema ambiental al proyecto, pero el centro Jalisco hizo caso omiso de la recomendación.
El propio estudio técnico justificativo (ETJ) para el cambio de uso de suelo forestal, reconoce la existencia de “doce especies correspondientes al grupo de las aves, una al de mamíferos y cuatro al de anfibios y reptiles se encuentran bajo algún estatus [...] el grupo de los anfibios y reptiles se puede considerar como de mayor susceptibilidad, por ser de mucho más lento desplazamiento, para este grupo serán enfocadas la mayor cantidad de medidas de mitigación de impactos ambientales durante las etapas de construcción y operación de la obra”.
Sin embargo, “toda la vegetación que se encuentra en la superficie del proyecto en la cual se está solicitando el cambio de uso del suelo, será extraída […] por lo que las medidas que se prevén para conservar y proteger el hábitat de las especies de flora y fauna serán realizadas después de que concluya el cambio de uso del suelo, en lo que será la propuesta de recuperación de algunas partes del derecho de vía, una vez que se dejen de realizar actividades”; ello, sin establecer la estrategia de los corredores biológicos, esencial para lograrlo.
Ni la MIA ni el ETJ encontraron animales tan importantes como el jaguarundi (Puma yagoaurundi) ni la rana leopardo del eje Neovolcánico (Lithobates neovolcanicus), una especie endémica (exclusiva) de México; ambas están listadas en la Norma Oficial Mexicana 059 y protegidas por la Convención Internacional Contra el Tráfico de Especies Silvestres (CITES). La actuación de la SCT se limita a los permisos que representan un trabajo incompleto.

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