16.2.15

EL BOSQUE HABITADO...EL NIXTICUIL

Inmobiliaria tala 114 árboles en el área natural de El Nixticuil

Vecinos se quejan de las facilidades que dio la Dirección de Ecología para favorecer a los fraccionadores en detrimento de un ecosistema.

La empresa debió realizar una reunión con vecinos, pero ésta no ocurrió.
La empresa debió realizar una reunión con vecinos, pero ésta no ocurrió.(Cortesía)
Guadalajara
Con base en un plan parcial de urbanización que sin mediar cambio de uso de suelo federal, hizo una zona de bosque como parte de la zona urbana de Zapopan, la empresa Spinelli Corporation SA de CV taló el viernes pasado 115 robles y encinos, con apoyo de un permiso de la Dirección de Ecología del municipio, en las inmediaciones del área natural protegida de El Nixticuil.
“La Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial [Semadet] y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente [Profepa] señalan que en virtud de que los árboles se encuentran en zona urbana ellos ya no tienen competencia y es el municipio responsable de dar o negar los permisos. La Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente [Proepa] señala que no puede actuar ya que es el ayuntamiento quien expide los permisos para talar”, señala un recuento de los hechos que los vecinos entregaron a MILENIO JALISCO.
“Hasta aquí todo parece comprensible, sin embrago cuando uno ve que talan con bastante celeridad los árboles, después de haber cubierto todo el predio con plásticos para que no se vea lo que hacen uno se pregunta si el permiso lo obtuvieron de manera correcta, por decir lo menos. ¿Qué dice el ayuntamiento? En efecto el ayuntamiento, su directora de ecología Angélica Verónica Serrano Padilla, autorizó el permiso. El documento al parecer se sustenta en la NAE001 [Norma Ambiental Estatal] que es una norma estatal para la poda y derribo de arbolado en la ciudad. Sin embargo, curiosamente la empresa omitió diversos requisitos que señala la norma”, precisan.
Las faltas: uno, la norma exige que se den a conocer las causas por las cuales es necesario hacer el derribo. Para esto se debe “informar a los vecinos y realizar una reunión informativa previa a los trabajos”, lo que no sucedió. Dos, “se debe colocar un letrero que diga dónde se van a realizar los trabajos, los responsables, duración, autorización municipal y un número de teléfono de atención ciudadana. Nada de esto se llevó a cabo por parte del ayuntamiento o la empresa”.
Pero lo más interesante, añaden, “es que la NAE001 está diseñada para arbolado urbano, es decir aquel que se encuentra en la calle o camellones. La norma tiene como objeto poder podar o derribar aquellos árboles que ponen en peligro a la población. Nos preguntamos, ¿desde cuándo un bosque pone en peligro a la población? Más interesante es saber que desde los años 90 del siglo XX se tenía permiso para urbanizar el predio, sin embargo, estaba detenido ya que Ecología detenía el proceso en virtud de ser bosque, y hasta el momento no hay una norma que permita talar bosques”.
Parece que la administración del panista Macedonio Tamez Guajardo decidió convertir ese espacio en zona urbana, pero debió realizar una manifestación de impacto ambiental y procedimiento de cambio de uso de suelo forestal, para que la autoridad federal, lo avalara. Se desconoce si existe tal procedimiento. “Ahora con la directora de Ecología deciden en forma bastante arbitraria que en ese predio ya no hay bosque y se pueden talar 115 árboles de encino y robles. Mañosamente ponen en el permiso que son árboles de diversas especies”, añade el documento de los quejosos.

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